El Senado de la República aprobó este lunes, en sesión extraordinaria, la nueva Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios, que busca actualizar y regular las relaciones entre propietarios e inquilinos. La pieza fue aprobada con amplia mayoría y ahora está en manos de la Cámara de Diputados para su aprobación final.
Aspectos destacados de la Ley de Alquileres
- Depósito: El artículo 13 establece que el propietario puede exigir un depósito máximo de dos meses del precio del alquiler para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Aplicabilidad: La ley excluye ciertos inmuebles, como pensiones, fincas rurales, alquileres turísticos por menos de 90 días, bienes del Estado y zonas francas, según el artículo 2.
- Corretaje: El pago por servicios de corretaje será responsabilidad de quien contrate dicho servicio, tal como especifica el artículo 7.
- Gastos legales: Los costos legales derivados del contrato deberán dividirse a partes iguales entre propietario e inquilino.
- Reajuste de alquiler: En caso de alquileres de vivienda, el aumento anual del precio no podrá superar el 10 % si no hay un acuerdo previo entre las partes, según el artículo 8.
- Depósito en bancos: El artículo 15 señala que el depósito deberá ser guardado en el Banco Agrícola o Banreservas, dependiendo de la ubicación del inmueble.
¿Qué falta para que la ley entre en vigencia?
Este martes
Una vez en la Cámara Baja, los diputados solo deben leer los cambios y aprobarlos en única lectura y pasaría a ser ley. Se remitiría al Poder Ejecutivo para la promulgación.
En caso de que los diputados no aprueben los cambios hechos por el senadores, el proyecto regresaría a la Cámara Alta y los miembros deben aceptarlo. Si no los aceptan, se considera desechado y tendrá que conocerse desde cero a partir del 16 de agosto.