Santiago.– La justicia dictó medidas de coerción contra los once agentes policiales acusados de participar en la muerte de cinco hombres ocurrida el pasado 10 de septiembre en una plaza comercial del sector La Barranquita, Santiago. El Ministerio Público confirmó que cuatro de los imputados cumplirán prisión preventiva, mientras que los demás enfrentarán el proceso en libertad bajo condiciones.
Prisión preventiva para cuatro agentes
El tribunal dispuso prisión preventiva contra el raso José Octavio Jiménez Peña, el sargento mayor Sócrates Fidel Féliz Féliz, el sargento Hairo Mateo Morillo y el cabo Yohandy Encarnación. Todos deberán cumplir la medida en el Centro de Operaciones Especiales de Manoguayabo, en Santo Domingo Oeste.

Para los otros siete imputados —entre ellos los mayores Álvaro Paredes Paniagua y Hansel Michel Cuevas Carrasco, el capitán José Ignacio Gómez Rodríguez, el segundo teniente Domingo de los Santos Vargas, los cabos Geyser Francisco Álvarez Rodríguez y César Augusto Martínez Trinidad, y el raso Adrián Miguel Villalona Pineda— se impuso una garantía económica de un millón de pesos, prohibición de salida del país y presentación periódica ante la justicia.
Acusación y pruebas del Ministerio Público
De acuerdo con la acusación, los agentes dispararon sin mediar palabras contra las víctimas —Elvis Antonio Martínez Rodríguez (Deivito), Julio Alberto Gómez (la Tabla), Carlos Enrique Guzmán Navarro (Charly Chasc), Edward Bernardo Peña Rodríguez y José Vladimir Valerio Estévez— cuando éstas se encontraban en el lugar.
El expediente detalla que los policías llegaron a bordo de tres vehículos, se posicionaron frente a la plaza y abrieron fuego, siendo grabados por un testigo a quien luego le arrebataron su teléfono móvil.
El Ministerio Público sostiene que, tras el hecho, los imputados sustrajeron grabaciones de video y teléfonos de testigos para ocultar evidencias y obstaculizar la investigación.
“Luego de cometer el hecho, los imputados desarrollaron una serie de acciones con el objetivo de ocultar evidencias y entorpecer la investigación posterior”, señala el expediente.
Calificación del caso y protección a testigos
El tribunal también acogió la solicitud de protección para las víctimas y los testigos del proceso. El caso fue calificado provisionalmente como asociación de malhechores y homicidio voluntario, en violación a los artículos 265, 266, 295 y 304 del Código Penal dominicano.
La audiencia, presidida por la jueza Yerixa Cabral de la Cruz, se extendió por más de seis horas e incluyó dos recesos antes de la lectura final de las medidas.