EsquinaRD. – Ante el escenario de una posible ausencia de Nicolás Maduro, surge una pregunta clave, ¿quién queda al mando de Venezuela según la ley? La respuesta está en la Constitución venezolana, que establece un orden claro de sucesión.
Lo que dice la Constitución
El artículo 233 de la Constitución de Venezuela indica que, cuando hay una falta absoluta del presidente en ejercicio —por detención, renuncia, incapacidad, destitución o ausencia prolongada— el poder no queda vacío.
En ese caso, el Vicepresidente Ejecutivo asume la presidencia de manera provisional.

¿Quién ocupa hoy ese cargo?
Actualmente, la Vicepresidenta Ejecutiva es Delcy Rodríguez. Esto significa que, si Maduro no puede ejercer, ella sería la figura llamada a asumir temporalmente la presidencia.
¿Por cuánto tiempo?
La presidencia provisional se mantiene mientras se organiza un proceso electoral, según lo establece la Constitución. No es un mandato permanente, sino una transición hasta que se convoquen y celebren nuevas elecciones.
¿Y la Asamblea Nacional?
El Presidente de la Asamblea Nacional solo asumiría la presidencia si la falta absoluta ocurre antes de que el presidente electo tome posesión. Como Nicolás Maduro ya estaba en funciones, ese escenario no aplica en este caso.
En resumen
• Si Maduro no puede ejercer, asume el Vicepresidente Ejecutivo.
• Hoy, esa figura es Delcy Rodríguez.
• El rol sería temporal, hasta la convocatoria de elecciones.
• Todo el proceso está previsto en la Constitución venezolana.
Este es el marco legal.Lo que ocurra en la práctica dependerá también del contexto político y de las decisiones institucionales que se tomen en las próximas horas o días.

