Los nueve miembros del Consejo Presidencial de Transición en Haití fueron juramentados este jueves 25 de abril en un acto realizado en el Palacio Nacional de esa nación.
Pese a que se había informado ayer que la ceremonia de juramentación sería realizada en Villa d´Accueil (Villa de Bienvenida), Musseau, fue en el Palacio Nacional donde los miembros del Consejo Presidencial prestaron juramento.
Sin embargo, el acto en la Villa de Bienvenida se trata de una recepción para el Consejo Presidencial recibir a sus invitados, informan varios medios haitianos.
Ante un reducido público
El acto de juramentación fue realizado muy temprano en la mañana de este jueves, pese a que se había informado que sería a las 10:00 de la mañana. También fue hecho ante un público reducido.
Los miembros del Consejo Presidencial juramentados fueron: Smith Agustín; Louis Gérald Gilles; Fritz Alfonso Jean; Edgard Leblanc; Laurent Saint-Cyr; Emmanuel Vertilaire, Leslie Voltaire, Régine Abraham y Frinel Joseph.
Los miembros del Consejo Presidencial ahora deberán escoger al presidente de dicho consejo y también nombrar a un nuevo primer ministro.
También deberán escoger a los miembros del Consejo Electoral para las elecciones de ese país.
Renuncia de Ariel Henry
Previo al acto de juramentación, el primer ministro de Haití, Ariel Henry, presentó la renuncia a su cargo de manera oficial.
¿Cómo se debe elegir el nuevo primer ministro?
Para la elección del primer ministro cada sector que constituye el Consejo Presidencial o parte del Acuerdo Político tendrán que proponer un (1) nombre al Consejo Presidencial.
«De esta lista hecha pública, sin exceder de 15 solicitudes, tras un mecanismo de selección acordado, el Consejo Presidencial elige al Primer Ministro por mayoría absoluta. En caso de empate, se organiza la segunda vuelta. Si la segunda vuelta no permite decidir los votos, se celebrará una tercera vuelta. En caso de empate persistente, se sortea el Primer Ministro», indica el acuerdo.
Los criterios para nombrar al nuevo primer ministro son: ser de origen haitiano; gozar de sus derechos civiles y políticos y nunca haber sido condenado a pena aflictivo e infame por delitos comunes; no haber sido condenado por delitos económicos, delitos de sangre, o vinculados a actos de violencia o corrupción; no estar sujeto a sanción por Resolución de la ONU; ser propietario de un edificio al menos en Haití o realizar una actividad allí profesional; tener residencia habitual en Haití y comprometerse a residir allí durante su mandato; haber cumplido con las obligaciones legales en materia tributaria durante los últimos cinco años.
Diario Libre