El presidente del partido Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, aseguró que la Junta Central Electoral (JCE) estaría chocando con preceptos constitucionales si insiste en limitar las actividades de campaña.
Fernández habló en estos términos durante el acto de lanzamiento de la precandidatura a senador de Demóstenes Martínez, por la provincia de Santiago de los Caballeros.
De acuerdo con una nota de prensa, Fernández afirmó que con la pretensión de aplicación del Comunicado de Admonición, emitido por la JCE, «se pone en riesgo la democracia en República Dominicana. Nosotros demostramos la defensa irrestricta, indomable de la Constitución, de ser necesario, lo haremos una segunda vez y cuantas veces sea necesario».
El presidente del partido Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, aseguró que la Junta Central Electoral (JCE) estaría chocando con preceptos constitucionales si insiste en limitar las actividades de campaña.
Fernández habló en estos términos durante el acto de lanzamiento de la precandidatura a senador de Demóstenes Martínez, por la provincia de Santiago de los Caballeros.
De acuerdo con una nota de prensa, Fernández afirmó que con la pretensión de aplicación del Comunicado de Admonición, emitido por la JCE, «se pone en riesgo la democracia en República Dominicana. Nosotros demostramos la defensa irrestricta, indomable de la Constitución, de ser necesario, lo haremos una segunda vez y cuantas veces sea necesario».
El precandidato presidencial de la FP precisó que el comunicado de la JCE desconoce decisiones que, al respecto, ha emitido el Tribunal Superior Administrativo y el Tribunal Constitucional Dominicano, las sentencias del TC la 0214/19, del 22 de julio de 2019 y la TC 0052/22, del 22 de febrero de 2022, mientras que del TSA la num. 0030-04-2019-SSEN-00354, de fecha 23 de septiembre de 2019.
En ese sentido, citó que el Tribunal Constitucional de la República Dominicana, mediante la sentencia TC/0052/22, del 22 de febrero de 2022, dictaminó que las prohibiciones contenidas en el artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, No. 33-18 (base del comunicado de la JCE), «más que ir en beneficio de la colectividad, limita uno de los derechos fundamentales más importantes en nuestro ordenamiento constitucional, la libertad de expresión y difusión del pensamiento».
Explicó que en la indicada sentencia se estableció de manera concreta que el numeral 7, del citado artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que prohíbe, «la promoción política a través de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicación radial y televisiva», no era conforme con la Constitución, por lo que, procedió a declarar su nulidad, en razón de que esta prohibición se traducía, «en una restricción del derecho a la libertad de expresión, al impedir que los precandidatos pudieran exponer en los medios radiales y televisivos sus propuestas».