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Senado aprueba en segunda lectura el nuevo Código Penal con más de 140 cambios, sin incluir despenalización del aborto

En medio de intensos debates, el Senado de la República aprobó por unanimidad y en segunda lectura las modificaciones a la Ley Orgánica que instituye el Código Penal dominicano. Se trata de una reforma estructural que busca adaptar el sistema penal a los retos del siglo XXI, endureciendo penas, ampliando derechos y garantizando mayor efectividad en la justicia.

La iniciativa, que deroga el decreto 2274 de 1884, pasará ahora a la Cámara de Diputados, donde tiene hasta el sábado 26 de julio para ser sancionada. De no aprobarse en ese plazo, el presidente Abinader tendría que convocar una legislatura extraordinaria. En caso contrario, el proyecto no se elimina, pero deberá reintroducirse desde cero en agosto.

¿Qué cambia en el nuevo Código Penal?

Durante la segunda lectura se aprobaron más de 140 modificaciones, muchas sugeridas por la Procuraduría General de la República. Se ajustaron redacciones, se eliminaron artículos y se añadieron multas en casos que antes solo contemplaban prisión.

Entre los cambios más relevantes están:

  • Protección reforzada a menores de edad
  • Sanciones al uso de sustancias prohibidas en el deporte
  • Penas más duras por violencia intrafamiliar y delitos sexuales
  • Castigo al exhibicionismo cuando hay menores involucrados
  • Endurecimiento de penas por tortura y actos de barbarie

Algunos artículos clave que trae esta reforma

Artículo 107: Cualquier infracción contra menores será penado con 20 a 30 años de prisión mayor y multa de 30 a 40 salarios mínimos.
Artículo 113: Muerte de más de una persona por negligencia será sancionada con 10 a 20 años de prisión.
Artículo 118: Tortura o barbarie será penada con 10 a 20 años y multa de hasta 30 salarios mínimos.
Artículo 136: Violencia sexual dentro de la pareja será castigada con 4 a 10 años de prisión.
Artículo 139: La violación sexual incestuosa será sancionada con hasta 30 años.

Lo que se eliminó o modificó

Uno de los puntos más debatidos fue el artículo 293, que sancionaba a policías por revisar vehículos sin orden ni consentimiento. Aunque algunos defendieron su utilidad contra abusos, fue eliminado del proyecto.

También se reformuló el artículo 303 para ampliar la prescripción de delitos de corrupción a 20 años, contados después de que el condenado cumpla su pena.
Además, se endurecieron las penas por obstruir ambulancias, y se ajustaron las sanciones por exhibicionismo, especialmente cuando las víctimas son menores.

¿Y el aborto? Solo se mantiene una causal

El nuevo Código mantiene la interrupción del embarazo únicamente cuando peligra la vida de la mujer. No incluye las otras dos causales más debatidas: violación/incesto ni malformación del feto. Esta exclusión sigue siendo un punto de fuerte crítica de sectores feministas y defensores de derechos humanos.

¿Cuándo entraría en vigor?

El senador Félix Bautista propuso una (vacatio legis) de 24 meses, sin embargo, Pedro Catrain (PRM–Samaná) objetó la propuesta, indicando que el país no puede esperar más para aplicar la reforma.

Finalmente, el Pleno votó a favor de que la ley entre en vigor 12 meses después de su promulgación.