Santo Domingo. – El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó la extensión del plazo de cobertura de las atenciones médicas por accidentes de tránsito para los afiliados de los regímenes Contributivo y Subsidiado del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
La medida quedó establecida mediante la Resolución No. 628-02, vigente desde el 16 de enero de 2026, y se mantendrá activa hasta que sea modificada la Ley No. 87-01, con el objetivo de evitar interrupciones en los servicios de salud.
Qué garantiza esta decisión

Con esta disposición, el CNSS asegura que los afiliados continúen recibiendo atención médica oportuna en casos de accidentes de tránsito, reafirmando su compromiso con la protección del derecho a la salud y la estabilidad del sistema.
La resolución ordena a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) y a su Red de Prestadores de Servicios de Salud (PSS) mantener las atenciones bajo las mismas condiciones actualmente vigentes.
Montos y cobertura se mantienen
El CNSS confirmó que no hay cambios en los valores del per cápita:
- RD$32.24 para el Régimen Contributivo
- RD$11.45 para el Régimen Subsidiado
Además, la cobertura del Fondo Nacional de Atención Médica por Accidentes de Tránsito (FONAMAT) se mantiene en 60 Salarios Mínimos Cotizables.
Próximo paso: reforma legal
El organismo instruyó a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a ejecutar las dispersiones correspondientes, conforme a los plazos y lo dispuesto en la Resolución No. 590-03.
Finalmente, el CNSS reiteró la necesidad de incluir la revisión del artículo 119 dentro de la futura reforma de la Ley 87-01, para ofrecer una solución estructural y definitiva a este tema.

