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Hacienda no paga terrenos expropiados hace 20 años, a pesar de sentencia del TC

En el año 2003 el señor Lino José María Suárez Rodríguez intentó conseguir la fuerza pública para desalojar a un grupo de personas que habían construido casuchas en una propiedad que tenía entre las calles Josefa Brea, Francisco Henríquez y Carvajal y Vicente Noble, en Villa Francisca, Distrito Nacional. 

Para evitar afectar a los invasores y en medio de serios problemas sociales a causa de la crisis económica, el gobierno del presidente Hipólito Mejía decidió declarar los terrenos de utilidad pública para que el Estado los comprara. 

El propietario no se imaginaría que iba a morir sin cobrar el dinero y que 20 años después sus hijos iban a seguir batallando para conseguir el pago. 

Los hijos de Suárez Rodríguez llevaron su demanda a la justicia y han obtenido ganancia de causa hasta en el Tribunal Constitucional en el año 2019, que recientemente publicó una lista de sus sentencias desacatadas por funcionarios e instituciones públicas, incluyendo al Ministerio de Hacienda

Los hechos

Una vez la propiedad fue declarada de utilidad pública, el administrador general de Bienes Nacionales solicitó en febrero del 2004 al entonces secretario administrativo de la Presidencia, Alberto Atallah, que se tramitara la suma, algo que no se hizo.

En principio, los terrenos fueron valorados en RD$8,492,401.50. Los sucesores, José Antonio Suárez y Lino Fernando Suárez, solicitaron en 2012 a la Dirección de Bienes Nacionales la revalorización, alegando que “el precio establecido por el primer informe y avalúo… se hacía injusto tanto porque el valor de los terrenos se había incrementado y la moneda dominicana a la fecha se había devalua

El titular de esa institución en ese momento, Elías Wessin Chávez, solicitó a la Dirección General de Catastro Nacional que realizara un nuevo avalúo, en cual se determinó un nuevo precio de RD$24,378,718.00.

Posteriormente, dirigió un oficio al ministro de Hacienda, en enero del 2012, con el expediente para que se proceda a la tramitación de registro de deuda pública, en el cual se hace constar que los inmuebles habían sido revalorizados. El pago no se hizo. 

Los propietarios incoaron una acción de amparo de cumplimiento contra el Ministerio de Hacienda para que sea consignada en el presupuesto la partida presupuestaria correspondiente. La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo acogió parcialmente la acción en una sentencia del 2017. 

Hacienda interpuso un recurso de revisión constitucional ante el Tribunal Constitucional contra de la referida sentencia, tras la cual esta Alta Corte falló a favor de los dueños mediante fallo de septiembre del año 2022.

Decisión

En su sentencia del 2019, el Tribunal Constitucional dispuso “que el Ministerio de Hacienda incluya en la partida de su presupuesto del dos mil veintiuno (2021), debidamente aprobado por el Congreso Nacional, el pago de la suma de veinticuatro millones trescientos setenta y ocho mil setecientos dieciocho pesos dominicanos con 00/100 centavos (RD$24,378,718.00)”. 

Ni el gobierno de Danilo Medina ni el de Luis Abinader han saldado esta deuda.