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Abinader designa a seis nuevas gobernadoras: conoce quiénes son y cuáles son sus funciones 

El presidente Luis Abinader designó a seis nuevas gobernadoras civiles en las provincias Espaillat, Hato Mayor, María Trinidad Sánchez, Santo Domingo, Valverde y Dajabón, mediante el Decreto núm. 452-24.  

A la vez que derogó los decretos mediante los cuales habían sido designado los gobernadores pasados en esas provincias.  

¿Quiénes son las nuevas gobernadoras?  

En la provincia Espaillat la nueva gobernadora es Patricia María Muñoz Salcedo, es mercadóloga de profesión y cursa actualmente una licenciatura en Derecho y ha realizado diplomados en Relaciones Internacionales, Comunicación Política, Manejo de Medios de Comunicación y en la introducción a la Administración pública. 

La nueva representante del Estado en Hato Mayor es Maribel Guadalupe Simón Vargas de Reyes, doctora en Medicina y tiene un postgrado en Gestión de Servicio de Salud y Seguridad Social.  

María López Polanco, la nueva gobernadora de María Trinidad Sánchez, es abogada de profesión y ha cursado diplomados en Responsabilidad Social Universitaria y en Productividad, Crecimiento y Desarrollo Familiar. 

Por la provincia de Santo Domingo, Lucrecia Santana Leyba es la nueva gobernadora. Es licenciada en Economía y en Contabilidad, y tiene un máster en Derecho Constitucional y Derecho Público. 

En Valverde la nueva gobernadora provincial es Marta de Jesús Collado Ozoria de López, licenciada en Contabilidad y posee una maestría en Contabilidad Tributaria. 

La nueva gobernadora de Dajabón es Severina Gil Carreras, quien es licenciada en Administración de Empresas y estudió Ciencias Políticas. 

¿Cuáles son sus funciones?  

Ahora, las seis legisladoras asumen el compromiso de abogar por el bienestar y el desarrollo de sus provincias. Antes de explicar cuáles son sus funciones, es bueno primero entender el puesto. Un Gobernador civil es el representante del Estado en la provincia que se ha designado.  

La ley 427 es la que regula a los gobernadores civiles del Estado, y que a la vez establece las funciones que debe cumplir un gobernador, entre ellas:  

  • Velar por el cumplimiento de la Constitución y las leyes de la República, así como de los Decretos y Reglamentos que dicte el Poder Ejecutivo; 
  • Presidir los Consejos de Desarrollos Provinciales; 
  • Presidir los Comités de Emergencias; 
  • Velar por el respeto debido a los representantes consulares que funcionen en cualquier población de la Provincia 
  • Promover en su provincia la educación, el deporte, los valores morales, éticos, familiares, la protección del medio ambiente y todo lo que conlleve el desarrollo de la provincia.  
  • Formular los programas de los actos en ocasión de los días de fiesta o duelo nacional.  
  • Recomendar a los Ayuntamientos, así como a las instituciones privadas de su provincia, cuantas medidas considere oportunas para el progreso y bienestar de los asociados.  
  • Informar al Poder Ejecutivo sobre las condiciones de la provincia y respecto a las medidas que a su juicio convengan tomar en ella, y suministrar todos los datos que dicho poder le solicite.  
  • Presidir los actos oficiales de su provincia.  
  • Actuar en su condición de representante del Poder Ejecutivo y supervisar las medidas que a su juicio convenga tomar en ella. 
  • Supervisar y garantizar que las prioridades inversión pública de la provincia, se ajusten al estado nacional de desarrollo.  
  • Supervisar las ejecutorias del gobierno central en la provincia.  
  • Visitar e inspeccionar todas las oficinas públicas, las obras y servicios públicos, pudiendo requerir a los funcionarios, empleados o encargados de estas, informes de toda naturaleza para el cumplimiento, en ellos de todas las leyes, decretos reglamentos vigentes.