El Senado de la República aprobó en segunda lectura el proyecto de ley orgánica que propone la reestructuración y transformación del Banco de Reservas, junto con la derogación de una ley del 1962 que regulaba la entidad financiera.
La iniciativa establece en el artículo 8 del proyecto, que el capital del Banco de Reservas es de 39 millones de pesos dominicanos, y que podrá am m mediante una resolución que emita su Consejo de Directores.
La iniciativa del Poder Ejecutivo establece el régimen jurídico de la entidad financiera, con el objetivo de modernizar la gobernanza interna, adecuar el procedimiento de capitalización a las necesidades de capital del banco, organizar la distribución de las utilidades de acuerdo a la realidad actual y adaptar la operatividad de la entidad conforme a la normativa sectorial que le rige.
En el renglón de operaciones del banco, la iniciativa contempla modificaciones y en lo adelante establece que no le serán aplicables las normas generales o especiales relativas al sector público o a las instituciones públicas, salvo aquellas que lo dispongan de modo expreso.
También elimina la exoneración fiscal del banco, contenida en el artículo 30 de la ley vigente, elimina la designación del banco como Agente Fiscal del Estado, depositario de la totalidad de los fondos públicos y agentes del Banco Central, expresada en el artículo 29; y se modifica la denominación del Banco de Servicios Múltiples a Banco Múltiple.